subida-alquiler

Nueva subida en el precio del alquiler con la actualización del IPC en 2025

Actualización de Rentas de Alquiler en 2025: Subidas por Debajo de la Inflación

Los contratos de alquiler firmados tras la entrada en vigor de la Ley de Vivienda (mayo de 2023) podrán actualizar su renta con un incremento del 2,08%, según el último dato del Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda (IRAV) publicado por el INE en febrero. Este porcentaje queda por debajo del 3% del IPC, lo que supone una subida más moderada para los inquilinos.

Para los contratos anteriores a mayo de 2023, la actualización de la renta dependerá del pacto entre las partes, aplicándose en la mayoría de los casos la variación del IPC.

Este nuevo índice de referencia, que entró en vigor en 2025, ha registrado su nivel más bajo hasta la fecha, tras alcanzar un máximo del 2,28% en diciembre de 2024. La medida busca ofrecer mayor estabilidad en los precios de los alquileres, limitando los aumentos anuales en comparación con la inflación general.

Actualización de la Renta de Alquiler: Plazos y Requisitos

Según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), la actualización de la renta solo será exigible a partir del mes siguiente a su notificación por escrito al inquilino. En esta comunicación, el propietario debe indicar el porcentaje de incremento aplicado y, si el arrendatario lo solicita, adjuntar la certificación correspondiente del INE. La notificación también puede realizarse mediante una anotación en el recibo de la mensualidad anterior.

El propietario está obligado a informar con al menos un mes de antelación sobre la actualización del alquiler. Por ejemplo, si el contrato cumple su renovación el 1 de mayo, el aviso debe darse antes del 1 de abril para que el aumento entre en vigor el mes siguiente.

Con el último dato del IRAV (2,08%), una renta media de 870 euros al mes en España experimentaría un incremento de aproximadamente 18 euros, alcanzando los 888 euros mensuales. Esto supone un aumento total cercano a los 220 euros anuales. En ciudades con alquileres más elevados, como Madrid, Barcelona o Valencia, la subida mensual ronda los 25 euros, situando las nuevas rentas en torno a los 1.120-1.250 euros al mes.

Es fundamental que la actualización de la renta esté expresamente pactada en el contrato de arrendamiento. Si no se menciona dicha cláusula, el precio del alquiler permanecerá fijo durante toda la vigencia del contrato, sin posibilidad de incrementos anuales.

Actualización de Rentas en Contratos Anteriores a la Ley de Vivienda

Los contratos de alquiler firmados antes del 26 de mayo de 2023, fecha de entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la Vivienda, seguirán actualizando su renta anual según lo estipulado en el contrato, ya sea con referencia al Índice de Precios al Consumo (IPC) o al Índice de Garantía de Competitividad (IGC).

En la mayoría de los casos, la actualización se vincula al IPC, aunque las partes pueden pactar otro mecanismo siempre que no supere la variación experimentada por la inflación en cada renovación anual, tal como establece la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha confirmado que la inflación de febrero se situó en el 3%, una décima más que en enero, marcando el quinto incremento consecutivo desde el 1,5% registrado en septiembre del año anterior.

Aplicación del IGC en la Actualización de Rentas

Si el contrato contempla la actualización anual del alquiler, pero no especifica el índice de referencia, se aplicará el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), con un límite máximo del 2% anual.

Límites a las Subidas de Alquiler: Un Control de 35 Meses

Desde 2022, el Gobierno ha impuesto restricciones a la actualización de las rentas para mitigar el impacto de la inflación. Inicialmente, se estableció un tope del 2% a través de un Real Decreto-Ley que vinculaba la actualización al IGC, con un umbral mínimo del 0%.

En 2024, se aplicó un límite extraordinario del 3%, activado únicamente si la inflación superaba dicho porcentaje. Sin embargo, este tope solo se aplicó durante cinco meses (enero, marzo, abril, junio y julio), mientras que en el resto del año la actualización se ajustó a la inflación real.

Metodología del Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda (IRAV)

El IRAV, utilizado desde 2025 para limitar la actualización de rentas, combina el IPC, la inflación subyacente y las diferencias entre las tasas de crecimiento anual de ambos indicadores. Además, incorpora un coeficiente moderador definido por los ministerios competentes en función de las condiciones del mercado del alquiler.

Este índice se utiliza como límite máximo para la actualización anual de los contratos de arrendamiento, fijándose como el menor valor entre la variación del IPC, la inflación subyacente y una tasa de variación anual media ajustada.

Con su implementación, el INE cumple con la disposición adicional undécima de la Ley de Vivienda, que establecía la creación de un índice de referencia antes del 31 de diciembre de 2024, con el objetivo de evitar aumentos desproporcionados en los alquileres.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio